
La designación y posesión del Dr. José Ascencio Atupaña Tocto como nuevo Secretario de la SEIBE, se mantiene firme.
En un comunicado del Consejo Plurinacional del Sistema de Educación Intercultural Bilingüe y la Etnoeducación, ante publicaciones en redes sociales que señalan que el Sr. Rómulo Domingo Antún Tsamaraint continua ejerciendo como Secretario SEIBE, aclaró que el proceso de selección del nuevo Secretario se inició el 8 de abril de 2025 mediante convocatoria pública, proceso que, según este cuerpo colegiado, fue interrumpido en varias ocasiones por intereses particulares del entonces funcionario. Finalmente, el 28 de julio de 2025, el Juez Diego Meléndez Herrera, de la Unidad Judicial de Violencia contra la Mujer en Infracciones, resolvió negar la acción de protección interpuesta por Antún Tsamaraint y revocó las medidas cautelares otorgadas el 18 de junio de 2025.
¿Qué resolvió la sentencia del Juicio No. 17284-2025-00409?
El Sr. Antún Tsamaraint cuestionó su exclusión del proceso de selección para Secretario de Educación Intercultural Bilingüe, alegando vulneraciones de derechos constitucionales como debido proceso, seguridad jurídica, participación, igualdad y no discriminación. A cada uno de estos cuestionamientos la Justicia Constitucional determinó:
Derecho al debido proceso: El accionante argumentó la fase de subsanación, no prevista en el reglamento y que la aplicación de causales de exclusión fueron irregulares. La justicia determinó que la fase de subsanación solo permitió la entrega de documentos originales o copias certificadas previamente entregadas, aplicada a todos los postulantes, sin introducir nuevos requisitos. Las causales de exclusión —conflicto de intereses y obligaciones alimenticias impagas— fueron objetivas y verificables, y el accionante tuvo oportunidades reales de ejercer su defensa mediante recursos administrativos.
Derecho a la seguridad jurídica: El tribunal concluyó que el proceso se desarrolló bajo reglamento público y claro, con fases, cronograma y requisitos definidos. La subsanación no alteró la situación jurídica de los postulantes ni modificó las reglas de juego, por lo que no se vulneró la seguridad jurídica.
Derecho de participación: Se confirmó que el accionante presentó su postulación a tiempo y forma, accedió a la información oficial y ejerció recursos de apelación. La etapa de subsanación no constituyó barrera irrazonable ni discriminatoria, garantizando igualdad de condiciones.
Derechos a la igualdad y no discriminación: Antún Tsamaraint alegó trato desigual por ser el único postulante amazónico. La sentencia determinó que la subsanación y las causales de exclusión se aplicaron de manera uniforme y proporcional, con fines de transparencia e imparcialidad, sin constituir discriminación.
Procedencia de la acción de protección: El tribunal recordó que la acción de protección es un mecanismo subsidiario y directo para tutelar derechos constitucionales, y no para reemplazar vías ordinarias. Existen recursos administrativos y contencioso-administrativos idóneos, y la controversia se centró en la autoorganización institucional del proceso, por lo que la acción de protección fue declarada improcedente.
Resolución final
La acción de protección de Antún Tsamaraint fue negada, se revocaron las medidas cautelares previamente otorgadas, y el caso fue remitido a la Corte Constitucional para su conocimiento y eventual selección, con derecho a la apelación ante instancias superiores. Es decir, la designación y posesión de José Ascencio Atupaña Tocto, como Nuevo Secretario de la SEIBE, está firme.
El fallo confirma que los procesos públicos de selección para cargos de alta responsabilidad en la educación intercultural bilingüe deben garantizar transparencia, igualdad de condiciones y cumplimiento de normas preexistentes, respetando la participación y la autoorganización de los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador.
Para más información sobre el tema, escuche la entrevista realizada al Abogado Diego Lozano, en RiksinakuyTV Internacional.