Por: Nelson Atupaña Chimbolema
Kichwa de la Nación Puruhá, Abogado
Foto portada: Informe de Comisión de la Verdad y la Justicia
Marzo 20 de 2021
La Defensoría del Pueblo de Ecuador (DPE), como la institución nacional de protección, tutela y defensa de los derechos en el Ecuador, en aras de la búsqueda de la verdad, justicia y reparación para todas las víctimas de estos hechos conformó la Comisión Especial para la Verdad y Justicia (CEVJ). Comisión creada extrajudicialmente para que investigue los hechos desde una visión imparcial y con enfoque de derechos las violaciones a los derechos humanos durante las protestas del levantamiento indígena y paro nacional del mes de octubre del 2019. Luego de más de un año de trabajo de investigación, el pasado 17 de marzo de 2021, en la ciudad de Quito, la Comisión Especial para la Verdad y Justicia (CEVJ), presentó el Informe Final sobre los hechos ocurridos durante los 14 días de protestas nacionales suscitadas el pasado mes de octubre del 2019.
La Comisión investigó los hechos ocurridos desde el 03 hasta el 16 de octubre del 2019, durante y después de las protestas sociales que se iniciaron para exigir al régimen de Lenin Moreno la derogación del Decreto Ejecutivo Nº 883, que eliminaba los subsidios a los combustibles. El trabajo de la Comisión para levantar este informe comenzó el 21 de noviembre del 2019. Desde entonces, esta Comisión analizó 519 testimonios, de los cuales 249 corresponden a vulneraciones de derechos humanos por parte de agentes estatales. De este número se desprende que 189 habrían sido perpetradas por personal de la Policía Nacional, lo que corresponde al 75%, y 34 por personal de las Fuerzas Armadas que representa el (13%). Además, se establece que al menos 26 personas de entidades públicas “no habrían actuado conforme a sus competencias”.
El informe de la Comisión llega a determinar de que existieron múltiples violaciones a los derechos humanos desde el derecho a la vida, a la integridad personal, a la integridad física, a la integridad psicológica, a la libertad personal, violencia sexual. De ello, llega a establecer que seis (6) personas fallecieron por actos violentos de la fuerza pública, cuando claramente utilizaron un uso excesivo, desproporcional e irracional de la fuerza que determinó indudablemente que estas personas en el contexto de la protesta social, pero sobre todo como resultado de una acción excesiva y violenta de la fuerza púbica perdieron sus vidas. Asimismo, la y los comisionados a lo largo del informe relatan y describen por ejemplo la situación de aquellas catorce (14) personas que fueron afectadas en su integridad física y que perdieron un ojo y tienen lesiones permanentes por el impacto de bombas lacrimógenas, perdigones u objetos contundentes por acción directa de la fuerza pública, especialmente de la Policía Nacional. Así como, otras seis (6) personas en cambio que perdieron y tienen complicaciones de su visión en los dos ojos. Además, de aquellas personas que tuvieron una serie de heridas, contusiones incluidos tratos crueles, inhumanos y degradantes cuando fueron aprehendidos. Sobre estas violaciones a los derechos humanos hasta el día de hoy no existen ni procesos investigativos abiertos en la Fiscalía General del Estado, ni mucho menos responsabilidades y menos aún la reparación necesaria ante las violaciones a los derechos humanos que se cometieron durante las protestas sociales.
Sobre la base de este informe presentado por la Comisión para la Verdad, surge urgentemente la imperiosa necesidad y la obligación de un proceso investigativo por parte de la Fiscalía General del Estado para judicializar estos casos de violaciones a los derechos humanos y de esta manera encontrar y determinar responsabilidades individuales y por supuesto las sanciones respectivas, así como enfatizar en el análisis de las evidencias que conduzcan a un posible crimen de lesa humanidad. Además, la Comisión ha establecido que la actuación de los agentes estatales aún no han sido investigados por parte de la Fiscalía General del Estado, así como no se ha llegado a determinar las responsabilidades a nivel político de la máxima autoridad en este país que es el Presidente de la Republica y sus ministros tanto de seguridad interior como exterior en cuanto a las decisiones y acciones que dispusieron con total violencia en contra de los manifestantes para contener la protesta social que termino con un saldo trágico de muchas personas fallecidas y obviamente muchas personas heridas inclusive algunos que perdieron un ojo.
El informe de la Comisión llega a determinar de que existen indicios de responsabilidad que constituirían en la existencia de un delito de lesa humanidad que se encuentran configurados y tipificados en el Estatuto de Roma instrumento de creación de la Corte Penal Internacional (CPI) de la cual el Ecuador es parte porque suscribió el 7 de octubre de 1998. La Fiscalía General del Estado tiene la responsabilidad para investigar delitos de lesa humanidad y sobre la base de esos indicios y responsabilidades es justamente que va a tener que investigar y judicializarse en el país cuando el propio Código Orgánico Integral Penal (COIP) también tipifica estos delitos de lesa humanidad y que constitucionalmente es imprescriptible. Así mismo, esta denuncia de delitos de lesa humanidad se puede presentar ante la propia Corte Penal Internacional y de esa manera un fiscal de la Corte Penal avocar conocimiento y empezar con la respectiva investigación y juzgamiento de un delito de lesa humanidad en donde lo fundamental de este tipo de delitos es que no tiene una jurisdicción local, es decir cualquier persona que haya sido o este investigada o sancionada por este tipo de delitos puede ser inclusive detenida en cualquier parte del mundo.
En la misma línea, el hecho de que esta infracción haya sido cometida por un subordinado no eximirá de responsabilidad penal al superior que lo ordenó ni al subordinado que la ejecutó, porque en este caso estamos hablando de delitos de lesa humanidad en donde hay un ejecutor directo, pero indudablemente esto no le excluye la responsabilidad de Lenin Moreno como representante del Ejecutivo y del Estado en su conjunto junto a los ministros de seguridad interior en este caso de la ex Ministra de Gobierno, María Paula Romo y de seguridad exterior actualmente a cargo de Oswaldo Jarrín, Ministro de Defensa quienes tomaron y decidieron en cuanto a las protestas sociales una serie de acciones cuyos resultados en el informe se recogen y que derivan en la responsabilidad tanto del Presidente de la República cuanto de los secretarios de Estado tanto de seguridad interior como de seguridad exterior.
Finalmente, hay que mencionar que un informe de la Comisión que por lo regular las Comisiones Especiales de Verdad y Justicia se constituyen cuando ha terminado su periodo el gobierno al que es o se le atribuyen las responsabilidades de violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, se presenta un informe de la Comisión con el gobierno en funciones a quien se le responsabiliza por graves violaciones a los derechos humanos y que adicionalmente se debe investigar y judicializar a efectos de poder llegar a determinar las responsabilidades tanto del Presidente de la República como de sus secretarios de Estado.