Con el video de fecha 20 junio 2021, quiero denunciar hechos graves sucedidos durante la ocupación militar que hubo en la plaza de ponchos.
Entiendo el contexto de pandemia y la línea marcada por el gobierno nacional para la lucha contra rebrotes de la pandemia. Entiendo la necesidad de tomar un espacio de responsabilidad individual al momento de posibles riesgos a los cuales podemos poner a personas vulnerables. Puedo entender también que en estos festejos algunas copas de más puedan llevar a conflictos y que la policía sólo cumple con su responsabilidad de «proteger a la ciudadanía».
Sin embargo, en el video podemos ver un uso excesivo de la fuerza en donde la violencia generada por un ciudadano, podía contenerse de otra manera. Se puede ver además el uso de bombas lacrimógenas y sobre todo patadas y golpes que se realizan hacia el joven.
En este punto quiero mencionar que la respuesta que se dio sábado, es una respuesta tardía y que en mi consideración cubre una escases de los actores políticos locales en definir procesos de diálogo con la ciudadanía, para buscar tal vez mecanismos diferentes o que permitan de alguna manera contener posibles centros de agregación peligrosos para la difusión del virus. La respuesta de militarizar la plaza de ponchos, más bien parece una respuesta del último momento a un problema que ya tenía (y tiene fecha) y en donde es importante llevar un diálogo con las comunidades y autoridades indígenas al fin de contener todo esto.
Así lo establece el Artículo 30 de la Convención 169 sobre pueblos indígenas y tribales de la Organización Internacional del trabajo y que para el. Ecuador tiene un efecto legalmente vinculante:
«1. No se desarrollarán actividades militares en las tierras o territorios de los pueblos indígenas, a menos que lo justifique una razón de interés público pertinente o que se hay acordado libremente con los pueblos indígenas interesados, o que éstos lo hayan solicitado.
2. Los Estados celebrarán consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, por los procedimientos apropiados y en particular por medio de sus instituciones representativas, antes de utilizar sus tierras o territorios para actividades militares.»
Además de esta consideración, el uso progresivo de la fuerza, justificado en relación a proteger la ciudadanía, se puede aplicar frente a una actividad que representa una manifestación cultural milenaria y de suma importancia para los pueblos de la Sierra Norte.
Me pregunto en específico,» poner en seguridad a quién? El contexto de emergencia sanitaria ha tenido el mismo direccionamiento en las comunidades indígenas? Me parece que el proceso de vacunación ha hecho evidente, adentro de los muchos casos de corrupción que existen ciudadanos de clase A y ciudadanos de clase B. Pero también hemos podido entender que al momento de hacer cumplir los derechos garantizados en la carta magna, en realidad, para la clase dirigente del país, se puede cerrar un ojo cuando no es de interés de la sociedad dominante.
En todo caso, un exhorto a las organizaciones, a no dejar este episodio en la nada. No dejar también en la nada, al menos, sistemas de información para la prevención del virus. Pero sobre todo, ya que estamos cerca del hatun punlla, a encontrar otras formas de diálogo entre pueblos originarios y estado. Dejar de lado estas formas de represión que pueden caer dentro de vulneración de DDHH independientemente de donde se lo vea.
Inti raymi se respeta!
Por: Daqui Lema, Experto en Derechos Humanos, Gobierno a Multi-nivel y Derechos de Pueblos Indígenas Docente PUCE. Junio 20 de 2021.