Por: Nelson Atupaña Chimbolema
Kichwa de la Nación Puruhá, Abogado
Abril 21 de 2020
A raíz de la entrada en vigencia de la nueva Constitución y de la reforma tanto institucional y del marco normativo así como de la expansión de la frontera extractiva, la respuesta del Estado frente a las acciones de protesta y de resistencia, lejos de terminar, evidencia la continuidad de la política sistemática de criminalización como mecanismo para neutralizar y acallar a la actividad de las y los Defensores, principalmente de personas, comunidades, líderes y dirigentes indígenas, así como de familias y comunidades campesinas del país.
Pese a la derogatoria del Código Penal anterior, con la entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal – COIP en el año 2014, aún subsisten delitos penales comunes que han sido utilizados por el Estado ecuatoriano para judicializar, privar de la libertad, procesar penalmente y sentenciar a las personas, líderes y dirigentes de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador, que han emprendido actividades de defensa de derechos humanos, colectivos, territoriales, ambientales y de la naturaleza. Además, gracias a la desregularización en materia ambiental y el extractivismo salvaje, está destruyendo de forma vertiginosa la naturaleza y dejándole un pasivo social y ambiental, inmanejable a las futuras generaciones.
Esta política desde el Estado para judicializar, procesar y sentenciar incluye denuncias penales basadas en la supuesta comisión de los siguientes delitos: sabotaje (Art. 345); paralización de un servicio público (Art. 346); incitación a la discordia entre ciudadanos (Art. 348), secuestro (Art. 161), terrorismo (Art. 366), grupos subversivos (Art. 349), entre otros.
En este sentido, el Estado pretende identificar un enemigo interno y con esto precisamente judicializar, procesar penalmente y sentenciar a las personas, líderes y dirigentes de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas. En este momento en el Ecuador hay algo más de 317 líderes, dirigentes y luchadores sociales con procesos judiciales abiertos. Jaime Vargas, presidente de la CONAIE y Leonidas Iza, presidente del Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi – MICC, están entre los judicializados. Sobre los referidos dirigentes pesan entre 7 y 5 procesos judiciales abiertos, todos relacionados con las manifestaciones, movilizaciones y el levantamiento indígena y lucha popular en todo el país, ocurridos durante los días 03 al 13 de octubre de 2019.
En la expresión popular de octubre, distintos sectores como las comunidades, los pueblos y nacionalidades indígenas, trabajadores, mujeres, amas de casa, jóvenes, estudiantes y el pueblo ecuatoriano en general se volcaron a las calles para exigir su derecho a una vida digna y a no ser víctimas de un reajuste económico del cual serán las y los principales afectados de las políticas neoliberales impuestas por el Fondo Monetario Internacional (FMI) que se pretendió implementar a través del Decreto Ejecutivo N°. 883, emitido por el gobierno nacional de Lenín Moreno, derogado luego gracias a la lucha, las movilizaciones y el levantamiento indígena y lucha popular.
En este contexto, resultó legítimo e indispensable que las comunidades, los pueblos y nacionalidades indígenas, trabajadores, mujeres, amas de casa, jóvenes, estudiantes, y el pueblo ecuatoriano en general, ejerzan su derecho a la protesta social garantizada en la Convención Americana de Derechos Humanos, así como el derecho a la resistencia contemplado en el Art. 98 de la Constitución de la República del Ecuador para llevar su voz a las calles, único espacio de real participación que, además, resulta impresdindible defenderlas.
La CIDH en su informe de 2015 sobre la criminalización de defensoras y defensores de derechos humanos recomendó a los Estados que, en vez de públicamente criticar la labor que ejecutan, debe promover el respeto y garantía de sus derechos. Adicionalmente, los estados miembros de la Organización de Naciones Unidas, en el marco del Examen Periódico Universal (EPU) realizado el 1 de mayo del 2017, recomiendan al Estado ecuatoriano que respete la independencia de la sociedad civil y no se criminalice la protesta social, cese el uso abusivo de la fuerza pública en las manifestaciones indígenas y el enjuiciamiento a sus líderes y dirigentes de las comunidades y organizaciones de base.