Por: Jorge Bastidas
20 de julio de 2018
La creación de la Secretaria de Educación Intercultural Bilingüe en el marco de la restitución de los derechos colectivos a la educación debe entenderse desde los siguientes aspectos:
Los Sistemas Educativos de los Pueblos y Nacionalidades es un derecho colectivo, por lo tanto el Estado, es decir el poder público es garantista de su cumplimiento y los pueblos y nacionalidades, dicho de otra manera, el poder comunitario somos sujetos de tales derechos.
El ejercicio de los derechos colectivos implica movilizar del poder comunitario mediante acciones auto determinantes; los gobiernos comunitarios y sus órganos legislativos que son las asambleas comunitarias, serán tales en la medida que actúen con independencia cognitiva.
Construir la autodeterminación de los sistemas educativos, implica entender que el Estado solo está en capacidad de realizar procesos educativos; las vivencias de crianza comunitaria necesariamente son o deben ser gestadas en la vida familiar, en la comunidad, en la relación con la naturaleza; en estos procesos, el rol del Estado es el de ser garante y financista.
La restitución no solamente es del Sistema de Educación Intercultural Bilingüe sino del conjunto de derechos colectivos e individuales; por lo tanto, todo está entrelazado, de modo tal que conceptos como pertinencia cultural, multiculturalidad, especificidad cultural, agregación curricular, ciencias integradas necesitan ser superados.
Por lo tanto, la creación de la Secretaria del Sistema Educativo Intercultural Bilingüe es solamente el necesario primer paso de muchos, porque iniciará la transición de un sistema educativo centrado en la dependencia colonial a varios de carácter auto determinantes.