Por: Ileana Almeida, Filóloga y Catedrática Universitaria
Ni las imágenes de la televisión y la prensa escrita, ni los discursos acusatorios y amenazantes del presidente Correa, ni las opiniones desatinadas que expresan los sectores intolerantes ayudan a entender y resolver una problemática tan compleja como es la de la administración de penas en las comunidades indígenas. Únicamente incitan al rechazo social de una práctica cultural milenaria, que evidentemente sí necesita confrontarse con otras culturas y otras ideas de justicia.
El desconocimiento de la historia y de las culturas del país ha llevado a que ciertos personajes entrevistados en los medios afirmen que la justicia indígena fue impuesta por los colonizadores españoles, lo que contradicen los documentos del siglo XVI que describen cuan desarrollada estaba la práctica jurídica entre lospueblos de la época del Tawantin Suyo. Ahora se llega incluso a conclusiones aberrantes argumentando que, puesto que muchos indígenas llevan apellidos españoles, los indígenas no son pueblos, y que ciertos dirigentes no tienen derecho a ser líderes de sus comunidades porque llevan apellidos como Santi, o De la Cruz, ignorando las condiciones concretas de la opresión nacional.
Como se ha visto en tantos y tantos foros nacionales e internacionales donde se ha tratado sobre la justicia comunitaria, los indígenas de Ecuador y de toda América Latina, están dispuestos a reencauzar sus prácticas jurídicas y penales, a reglamentarlas en códigos estables acordes a las propias iniciativas que van surgiendo desde su propia realidad y conciencia, pero este proceso debe darse sin presiones psicológicas ni apremios políticos que pueden causar pérdidas irreparables en el campo de los significados y valores culturales comunitarios. Las comunidades indígenas deben ser consideradas como un fenómeno histórico y cultural autónomo y no como un blanco ideológico, como un campo enemigo.
Cada comunidad es un cosmos y mantiene sus propias prácticas espirituales. El individuo pertenece a la comunidad desde que nace hasta que muere; la comunidad le da la sensación de mundo y con ella se vinculan deberes anhelos y esperanzas. Aun cuando una persona abandona la comunidad, esta sigue siendo su retaguardia y amparo, de aquí que el peor castigo para un transgresor sea la expulsión. Pero no solo esto caracteriza a la justicia indígena. La asamblea y el consejo de ancianos persuaden y promueven la mediación y la compensación. Se sabe que en el conflicto cada parte litigante tiene su idea del conflicto, pero la familia, la asamblea y el consejo procuran concitar acuerdos.
El conocimiento de una cultura lleva a conocer la propia, lo que induce también a cuestionar ciertos aspectos de la cultura oficial, y si se quiere apelar a los Derechos Humanos hay que comenzar por constatar, mejorar y erradicar las lacras evidentes: condiciones inhumanas de las cárceles, atropellos que cometen las fuerzas de seguridad, corrupción de los jueces.