
1. Que el gobierno ecuatoriano y más instituciones gubernamentales den cumplimiento a las disposiciones, normativas y derechos establecidos en documentos internacionales (DDHH-ONU; CONVENIO 169 OIT), regionales (OMS, OPS) y la Constitución vigente a favor de los pueblos indígenas y originarios. En el área de salud, aplíquese exclusivamente el Art. 360 de la Constitución ecuatoriana -Sección segunda Salud- que dice: “El sistema garantizará, a través de las instituciones que lo conforman, la promoción de la salud, prevención y atención integral, familiar y comunitaria, con base en la atención primaria de salud; articulará los diferentes niveles de atención; y promoverá la complementariedad con las medicinas ancestrales y alternativas…”
2. Revitalizar y difundir los saberes ancestrales de los pueblos y culturas originarios en todas las instituciones educativas, sociales, culturales gubernamentales y ONGs.
3. Institucionalizar a nivel de región andina las cuatro festividades agro-astronómicas del calendario andino (21 marzo: Pawkar Raymi-; 21 de Junio: Inti Raymi; 21 de septiembre: Kuya Raymi; 21 de diciembre: Kapak Raymi).
4. Solicitar la inserción de las asignaturas de Lengua Kichwa y Cultura de los Pueblos Originarios en la malla curricular del pensum de estudios universitarios.
5. Que se tome en cuenta y se dé igual tratamiento sin discriminación de ninguna índole al personal sanador nativo (Yachaks; Parteras; Ritualistas; Limpiadores; Hierbateros y más terapistas alternativos) en los Centros de salud y/o hospitales con presencia considerable de población indígena o afro.
6. Solicitar al Ministerio de Salud Pública; Ministerio de Cultura y Patrimonio; SENESCYT la creación de partidas presupuestarias para el personal actor de saberes ancestrales, para la investigación educativa, y promotores culturales en salud; porque siempre dicen que apoyan a los sanadores; llevan a dar una charla o demostración y ahí termina, pero en términos económicos y de estabilidad laboral están exentos.
7. La SENESCYT disponga y vele por el cumplimiento de los Artículos 8; literales c); g); h) de la LOES…en particular el literal c) que indica: “Contribuir al conocimiento, preservación y enriquecimiento de los saberes ancestrales y de la cultura nacional”.
8. En todos los Pensum de las carreras de las Facultades de Ciencias de la Salud debe incorporar necesariamente y en forma prioritaria asignaturas como: Cosmovisión de la salud ancestral andina; Medicina Tradicional e Interculturalidad.
9. Que las entidades estatales como los Ministerios de Educación; Ministerio de Cultura y Patrimonio….y más organismos competentes inserten las cátedras de Lengua Kichwa; Cosmovisión andina; Cultura de los Pueblos y Nacionalidades e Interculturalidad en todos los niveles y ámbitos de desarrollo a nivel general sin discriminación alguna.
10. Apoyar en todo aspecto a eventos como el de saberes ancestrales en salud; Conocimientos de Etnociencia; Investigación y recuperación de tecnologías alternativas.
11. Solicitar a la Academia la formación de profesionales de tercero y cuarto nivel en Culturas y Lenguas de los pueblos originarios; Filosofía y cosmovisión indígena; Gestión cultural, con el fin de potencializar la identidad nacional; el turismo comunitario y la educación pluricultural.
12. Que las Universidades e instituciones de educación superior dispongan y faciliten temáticas de investigación en conocimientos y saberes ancestrales en los trabajos de grado o profesionalización.
13. Mayor presencia de las universidades; Academias culturales; Ministerios correspondientes en programaciones culturales reivindicativas que organicen los pueblos originarios.
14. Que las autoridades gubernamentales; zonales; provinciales, cantonales; parroquiales y comunitarias que respeten, ayuden, velen y difundan por el cumplimiento de las normativas jurídicas en cuanto a la revitalización, investigación y difusión de conocimientos y saberes ancestrales.
Otavalo, 29 de noviembre del 2014