
PRONUNCIAMIENTO
RECHAZAMOS EL PROYECTO DE LEY “ECONÓMICO” PROPUESTO POR PRESIDENTE NOBOA QUE PRETENDE INSTAURAR UN TERRORISMO DE ESTADO DEJANDO INTACTAS Y BLINDADAS LAS ECONOMIAS CRIMINALES
Martes 20 de mayo de 2025
El presidente Daniel Noboa presentó su primer proyecto de ley en este nuevo período legislativo ante la Asamblea Nacional titulado “Ley Orgánica para Desarticular la Economía Criminal Vinculada al Conflicto Armado Interno” cuya supuesta finalidad, según la propuesta, es contrarrestar las economías criminales a través de un régimen de medidas de combate enfocado en la neutralización de grupos armados organizados. Sin embargo, la propuesta de ley del presidente no aborda ninguno de los factores que inciden en la proliferación de las economías criminales en el Ecuador, insiste en una medida ineficaz: la militarización, blinda la corrupción y favorece que se sigan cometiendo graves violaciones de derechos humanos.
Antecedentes: Ecuador sumergido en la crisis de inseguridad debido a la negligencia y falta de actuación estatal
Hasta enero de 2021 en el Ecuador aún nos percibíamos como uno de los países más seguros de la región[1]. Hoy somos el país más violento de la región[2], siendo el primer trimestre de 2025 el más violento de nuestra historia[3]. El aumento imparable de la inseguridad ha ocurrido luego de un año de militarización en todo el territorio nacional, desde la declaratoria de conflicto armado interno y de consultas populares que han avalado la propuesta de “seguridad” planteada por el presidente Noboa como panacea ante la inseguridad: extradición de ecuatorianos, aumento de penas, reforma constitucional para permitir la participación complementaria de fuerzas armadas en el control del orden interno, militarización de los perímetros de las cárceles, entre otras.
En febrero de 2021 la primera de más de una decena de masacres carcelarias, además de la gravísima crisis de derechos humanos, se evidenció que la violencia se había tomado el país, que las cárceles se habían convertido en centros operativos del crimen organizado y en lugares de extorsión[4], cuyo control movía (y mueve) enormes cantidades de dinero:
Según un estudio sobre el sistema penitenciario realizado en 2021 por el centro de investigación etnográfica Kaleidos, la familia media de un preso pagaba US$124 al mes por comida, productos de limpieza e higiene y una visita al mes. Este costo ascendía a los US$251 mensuales cuando incluía el acceso a una llamada y dinero de “protección”. En el año en que se llevó a cabo el estudio, la población presa superaba las 38.000 personas, lo que representaba entre US$56 y US$114 millones de ingresos solo por estos pagos. [5]
En su momento, se advirtió la magnitud del problema y que lo ocurría era producto de varios factores[6], entre otros: la existencia de mega cárceles, la ausencia del Estado demostrada por la reducción del presupuesto e inexistentes ejes de rehabilitación, la corrupción de la fuerza pública[7] evidenciada en el ingreso de armamento a los centros de privación de libertad:
Los presos cuentan con armas cortas y largas, granadas y explosivos como dinamita y C4. En varias ocasiones, se encontró que el tráfico de armas en las cárceles era facilitado por fuerzas del orden corruptas, sin que este delito haya propiciado el inicio de investigaciones judiciales o alguna condena sancionatoria.
A partir del estado de excepción decretado el 8 de enero del 2024 por el Gobierno ecuatoriano, las intervenciones en las cárceles en busca de armas se intensificaron. Sin embargo, de acuerdo con entrevistas mantenidas con familiares de personas privadas de libertad y fuentes criminales, las armas siguen entrando en complicidad con las autoridades. Como afirma uno de los entrevistados, «las armas entran a la cárcel hasta en las ambulancias que ingresan a retirar cadáveres»[8]
Paralelamente, los homicidios intencionales, que miden la incidencia de la violencia en un país, han aumentado de forma exponencial, evidenciando la ineficacia de la militarización de la sociedad a partir de la declaratoria de un inconstitucional “conflicto armado interno” por parte del presidente Noboa.
El segundo mes de 2025 se consolidó como el febrero más violento en Ecuador desde que existen registros oficiales, con 736 muertes violentas, un aumento del 90,18% respecto al mismo mes del año anterior (387 casos), de acuerdo con los datos del Ministerio del Interior.[9]
En ese contexto, tampoco las economías criminales han parado de crecer con la declaratoria de conflicto armado interno y la militarización de la sociedad. Aunque hay muchos discursos públicos que intentan medir el impacto de la economía ilegal en Ecuador, las cifras oficiales y los estudios especializados pintan un cuadro más complejo y preocupante. El presidente Daniel Noboa ha estimado que la economía ilegal mueve alrededor de USD 30.000 millones al año, lo que representa casi un tercio del PIB, pero esta afirmación no tiene un respaldo técnico que la verifique. Investigaciones más rigurosas, como las del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), ofrecen una visión más precisa: en un lapso de cinco años, se calculó que el lavado de activos en Ecuador involucró cerca de USD 4.504 millones relacionados con el narcotráfico, USD 3.552 millones vinculados a la corrupción y USD 2.841 millones por evasión fiscal. Aunque estas cifras son considerablemente más bajas que las estimaciones del presidente, siguen siendo alarmantes. Revelan la existencia de flujos ilícitos persistentes que distorsionan la economía nacional, erosionan la base tributaria y debilitan los mecanismos de control del sistema financiero, sin que hasta ahora haya una estrategia efectiva para frenar su expansión.[10]
En ese contexto, al contrario de otros países de la región donde se obtienen decenas de sentencias por lavado de activos cada año, en el Ecuador la débil institucionalidad estatal ha sido ineficiente para investigar y sancionar las economías criminales. Así, son prácticamente inexistentes las sentencias sobre lavado de activos en el Ecuador:
Entre 2020-2022, en promedio se emitió una 1 sentencia condenatoria por año; mientras en el período 2016 a marzo 2020, este promedio fue de 3 sentencias[11]
En enero de 2025, la prensa nacional publicó dos investigaciones[12] sobre el negocio intocado del oro ilegal en el Ecuador, evidenciando las omisiones cómplices del Estado que favorecen la destrucción del patrimonio natural del Ecuador y el aumento de la inseguridad, todo en una sociedad militarizada :
Diecisiete empresas y treinta y nueve personas de difícil ubicación realizaron multimillonarias exportaciones de oro desde Ecuador. Entre los mayores exportadores se encuentran una persona que fue lustrabotas y otro que fue asesinado en Guayaquil mientras era investigado por narcotráfico. El Gobierno ha reconocido que actores empresariales podrían estar lavando oro ilegal. Esto sucede en medio de uno de los contextos más violentos en la historia del país (…)[13]
El 9 de mayo 2025 todos los miembros de una patrulla militar fallecieron en el Alto Punino, lugar donde incluso por satélite se evidencia desde hace varios años las actividades de la minería “ilegal”, que aumentó un 578 % entre 2021 y 2022 y desde 2019, ha devastado aproximadamente 1.422 hectáreas de bosque,[14] con evidente complicidad de las autoridades[15].
Señalamos que la sociedad civil, organizaciones indígenas y personas defensoras de derechos, han sido quienes no solamente han denunciado, investigado e informado del crecimiento[16] de las economías ilícitas del oro en el Ecuador[17], sino que incluso han llevado casos ante los tribunales obteniendo sentencias favorables[18] para que el Estado actúe contra la minería ilegal.[19] Las sentencias no se han cumplido[20] y las y los defensores de derechos han sido estigmatizados, perseguidos y desplazados[21].
Por otra parte, pese a que ya el Estado ecuatoriano prohíbe el reclutamiento forzoso de niñas, niños y adolescentes y el Código Orgánico integral Penal lo tipifica en el artículo 127, los niños y adolescentes son víctimas de este delito en el Ecuador que ocurre en total impunidad. La prensa ha difundido ampliamente incluso de la existencia de verdaderas escuelas de sicarios[22] mientras no se conocen de sentencias por esta causa[23]. Los niños y adolescentes más empobrecidos del Ecuador están completamente desprotegidos de quienes los reclutan y cometen este delito[24].
Frente a esta gravísima situación, en la propuesta de ley presentada por el presidente Noboa para combatir las economías criminales están ausentes las principales recomendaciones sobre economías criminales realizadas por quienes han estudiado el fenómeno en el Ecuador: control de armas, fortalecimiento de la UAFE, del sistema de administración de justicia y la inteligencia financiera, trazabilidad del oro, cumplimiento del Acuerdo de Minamata, sobre mercurio, estricta regulación de maquinaria usada en la minería “ilegal”, control del sistema financiero y de las compañías constituidas en Ecuador, depuración de la fuerza pública, inversión social, entre otras. Así, están totalmente ausentes medidas estructurales que podrían tener un verdadero impacto, como:
- Fortalecer la capacidad de investigación y autonomía de la UAFE, y crear equipos fiscales especializados en lavado de activos y crimen organizado.
- Establecer mecanismos efectivos de control de flujos financieros ilícitos y trazabilidad de capitales.
- Combatir la evasión tributaria y establecer un sistema progresivo que impida que los grandes capitales vinculados al crimen se oculten tras beneficios legales.
- Controlar estrictamente la salida de divisas y examinar transacciones comerciales sospechosas, particularmente en sectores como minería, construcción y agroexportación.
- Impulsar programas de desarrollo económico en territorios controlados por el narco, fomentando la sustitución productiva, el empleo juvenil, el acceso a servicios y el crédito comunitario.
- Regular mercados clave con enfoque de salud pública y justicia social, incluyendo el debate sobre drogas menos peligrosas como el cannabis.
- Y sobre todo, garantizar transparencia patrimonial de autoridades, combatir la corrupción institucional y cumplir con sentencias judiciales que ya han ordenado acciones contra economías ilícitas.
Estas medidas exigen voluntad política, enfoque integral y respeto al Estado de Derecho.
La lucha contra las economías criminales empieza con un Estado que recupere el control del dinero, los territorios y la justicia. Bien se sabe que los crímenes de cuello blanco, como son las economías criminales, la infiltración de las mismas en la institucionalidad del Estado y la fuerza pública no se solucionan con más militares en las calles y con promesas de impunidad.
El proyecto de ley orgánica para desarticular la economía criminal vinculada al conflicto armado interno: Camino fácil, resultados inefectivos y derechos humanos en grave riesgo
Frente a lo anterior, en lugar de presentar propuestas estructurales, coordinadas y eficaces, la propuesta de ley del presidente Daniel Noboa impulsa de manera irresponsable e incoherente la militarización y el uso impune de la fuerza, sin respetar ninguna regulación, como si fuera el remedio para la gravísima situación que atraviesa Ecuador. Así, tergiversa y desnaturaliza la figura de un conflicto armado no internacional (CANI) con situaciones relacionadas a órden público y seguridad ciudadana; inobservado los pronunciamientos establecidos por la Corte Constitucional con relación a la existencia o no de un CANI[25] y garantiza impunidad a graves violaciones de derechos humanos como las cometidas contra Ismael Arroyo (15 años), Josué Arroyo (14 años), Nehemías Arboleda (15 años) y Steven Medina (11 años) en diciembre pasado, o contra Carlos Javier Vega (19 años) o contra Johan Magno Morales (16 años) entre otros tantos.
Esta propuesta de Ley, que no es económica sino de seguridad, plantea medidas que, bajo el pretexto del combate al crimen organizado, fomentan los abusos de poder y la corrupción[26] y representan serias amenazas a los derechos y garantías constitucionales así como los establecidos en instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador. Las reglas del Derecho Internacional Humanitario (DIH) fueron concebidas para proteger bienes y población civil en contexto de guerra, no para construir un camino de impunidad de graves violaciones a Derechos Humanos a los agentes del Estado.
- Autorización de allanamientos , incautaciones y detenciones sin orden judicial previa: Facultando a las fuerzas del orden a operar con amplio margen de discrecionalidad sin ningún tipo de contrapeso o regulación. Esta flexibilización del control judicial del aparato punitivo del Estado vulnera principios fundamentales del debido proceso y abre la puerta a detenciones arbitrarias y múltiples usos excesivos de la fuerza no sólo contra quienes contravienen la Ley sino contra cualquier persona .
- Construcción de procedimientos penales paralegales y prisión preventiva obligatoria: El diseño de un procedimiento específico para personas acusadas de delitos supuestamente vinculados al conflicto armado interno —que incluye jueces especializados, procesos exprés y prisión preventiva obligatoria— vulnera las garantías mínimas del debido proceso, el principio de presunción de inocencia y otros derechos fundamentales. Esta arquitectura legal termina por legalizar prácticas al margen del Estado de derecho.
- Prisión preventiva excluida para agentes del Estado e indultos a quienes cometan crímenes a nombre de la seguridad nacional:. Estas reformas al Código Orgánico Integral Penal, que demuestran que esta propuesta es de seguridad y no económica, significan un grave retroceso en materia de justicia y rendición de cuentas, especialmente en un contexto marcado por denuncias recurrentes de violencia estatal y marca un camino de impunidad para los casos de graves violaciones de Derechos Humanos.
- Carta abierta a ejecuciones extrajudiciales: La propuesta pretende excluir de la protección de la ley a personas supuestamente vinculadas a grupos armados organizados, promoviendo el uso letal de la fuerza por parte de agentes del Estado y debilitando principios esenciales como el derecho a la vida, la presunción de inocencia y el debido proceso.
En un conflicto armado interno, los actores deben ser claramente identificables. Sin embargo, el «enemigo interno» que se plantea en la ley es no solamente difuso, sino que su calificación depende, de forma unilateral, de quien usa la fuerza, en un contexto donde el crimen organizado cooptó estructuras estatales, económicas y sociales. Esto hace que cualquier persona pueda ser vista como una amenaza y por una institucionalidad infiltrada de corrupción. Legalizar esta ambigüedad pone en riesgo a toda la población ecuatoriana, al permitir un uso discrecional de la fuerza letal sin garantías. No se puede combatir la violencia institucionalizando prácticas que violan los derechos humanos.
- Concentración de poder en la figura presidencial y el denominado “Bloque de Seguridad”: Ambos tendrán atribuciones para declarar zonas de seguridad, coordinar vigilancia, expulsar extranjeros, y definir medidas económicas excepcionales, sin controles democráticos. Esta arquitectura legal debilita el principio de separación de poderes, limita la supervisión legislativa y judicial, y crea un régimen de excepción permanente disfrazado de legalidad ordinaria.
- Regulaciones paralelas y difusas de actuación a Policía Nacional y Fuerzas Armadas: Se pretende establecer regulaciones paralelas al ordenamiento jurídico interno bajo la justificación de un supuesto conflicto armado no internacional (CANI), lo que genera distorsiones en la actuación de los agentes estatales al enfrentar distintos escenarios. Esta ambigüedad normativa debilita los controles institucionales y expone a los funcionarios públicos al riesgo de ser procesados penalmente por conductas que, según su criterio operativo, estaban permitidas.
- No es una ley económica y su tratamiento es inconstitucional: Presentar como “ley económica urgente” una norma que en realidad se centra en seguridad y uso de la fuerza, modifica el código orgánico integral penal y la Constitución al establecer un régimen de excepción inexistente en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, es inconstitucional y pone en riesgo cuanto derecho constitucional ha sido reconocido.
En lugar de abrir un debate amplio y serio sobre el combate contra las economías criminales y las medidas coordinadas que debe implementarse por parte de toda la institucionalidad del Estado, se usa un proceso legislativo establecido exclusivamente para materias económicas, bajo el pretexto de lo económico, evadiendo el amplio debate democrático que el tiempo de análisis y discusión. Esto no solo afecta la calidad de la ley, sino que es una burla al Estado de derecho, la separación de poderes y la Constitución. La única medida realmente económica es el ofrecimiento de beneficios tributarios (artículo 32) a quienes donen a las fuerzas armadas o la policía, mientras se debilita la recaudación pública en un país que ya tiene dificultades fiscales. Esto puede traducirse en menos recursos para salud, educación o empleo, y más incentivos para fortalecer un modelo de control y represión.
Las economías criminales que operan en el país deben ser enfrentadas con una estrategia técnica, profesional y respaldada por voluntad política y en el cumplimiento de la Constitución. Sin embargo, estos elementos han estado ausentes en la política del presidente Daniel Noboa, como lo ha advertido la propia Corte Constitucional al ordenar, ante la falta de coordinación y compromiso estatal, la creación de un mecanismo técnico para abordar las causas estructurales de la violencia y el crimen organizado dentro del régimen constitucional ordinario. Pese a ello, el Ejecutivo, hasta la fecha,[27] no ha designado un delegado, lo que refleja la ausencia de una voluntad real para construir soluciones efectivas frente a la criminalidad.
La propuesta del presidente, además de ser inconstitucional, pone en riesgo la vigencia del Estado de Derecho y los principios fundamentales que, como sociedad hemos construido. Desde la ciudadanía clamamos por seguridad, por estar libres de extorsiones, de corrupción, de abusos de poder, de vacunas, de no saber si volvemos a casa cuando salimos de ella. Por ello, la lucha contra la violencia y la criminalidad, es un imperativo que debe realizarse a partir de combatir aquello que la promueve: el lavado de activos de las economías criminales, la corrupción, el enriquecimiento ilícito, las inmensas captaciones de dinero -cuyo origen se desconoce- por parte de los bancos privados, la infiltración del crimen organizado en la institucionalidad y la fuerza pública, la desregulación de la venta, tenencia y porte de armas, el debilitamiento de los operadores de justicia, la falta de sanción del reclutamiento forzado de niños y adolescentes, pero por sobre todo la falta de empleo, la falta de servicios públicos, la deserción escolar y el aumento de la pobreza.
Denunciamos que convertir al Estado en un aparato reproductor de terror y crímenes, como pretende el proyecto de ley, no aborda, ni remotamente las economías criminales, sino por el contrario, las promueve, promoviendo también el abuso del poder y la violencia, contra por una parte los sectores más empobrecidos de la población y por otra contra los y las defensores de derechos humanos, colectivos y de la naturaleza, cuyo trabajo busca limitar el uso abusivo del poder.
Por ello, las organizaciones de derechos humanos, docentes universitarios y activistas nos pronunciamientos en los siguientes términos:
- Rechazamos y denunciamos la propuesta de Ley Orgánica para Desarticular la Economía Criminal Vinculada al Conflicto Armado Interno que pretende legalizar acciones conducentes al terrorismo estatal, blindar la corrupción y fomentar graves violaciones de derechos humanos.
- Señalamos que esta propuesta de ley no solo vulnera principios constitucionales, sino también el sentido común. Las medidas planteadas por el presidente Noboa resultan desproporcionadas y carentes de racionalidad frente a un fenómeno cuya complejidad exige respuestas integrales y fundamentadas, no acciones improvisadas.
- Señalamos que esta propuesta de ley no aborda ninguna medida respecto del control de actividades como la minería ilegal y sus actividades conexas, ello incluye por ejemplo una adecuada regulación de las concesiones mineras que se encuentran entregadas y que son utilizadas para facilitar su comercialización o exportación y el lavado de capitales del narcotráfico y la propia minería.
- Exigimos a la Asamblea Nacional rechazar la propuesta del presidente de la República por inconstitucional, ineficaz y peligrosa, por promover la impunidad frente a la corrupción estatal y frente a graves violaciones de derechos humanos. Alertamos que de aprobarse, activaremos las acciones legales que nos asisten para proteger los derechos de la ciudadanía y respetar el marco constitucional del Estado de Derechos y Justicia.
- Exigimos a la Corte Constitucional que garantice el cumplimiento efectivo de los límites establecidos al Ejecutivo en el marco del control de los estados de excepción. Asimismo, instamos a que, en el ejercicio de su mandato, actúe de manera preventiva frente a las graves violaciones de derechos humanos que se derivan de la falta de adecuación de la normativa infraconstitucional a los principios y disposiciones de la Constitución.
- Alertamos a los órganos, organismos y organizaciones internacionales y multilaterales de protección y defensa de derechos sobre el reiterado desconocimiento, por parte del presidente de la República, de las reglas más elementales del Estado de Derecho.
- Advertimos a los miembros de la Fuerza Pública que las graves violaciones a los derechos humanos NO PRESCRIBEN; que no aplican ni las leyes de amnistía ni los indultos frente a estos delitos; y que quienes las cometan estarán toda su vida sujetos a la persecución judicial.
- Exigimos que el presidente de la República asuma con responsabilidad la seguridad de la población, cumpla estrictamente con los lineamientos mínimos establecidos por la Corte Constitucional y, de manera coordinada con todos los estamentos de la institucionalidad, diseñe una política pública integral basada en la identificación precisa de los problemas y en la implementación de medidas adecuadas y eficaces para combatir las economías criminales. Para ello debe designar a su representante ante el Mecanismo que dispuso crear la Corte Constitucional.
¡Verdad, justicia y reparación!
[1]El Comercio, “La violencia en Ecuador aumentó en el 2020, hubo más sicariatos y asesinatos,” 4 de enero de 2021, https://www.elcomercio.com/actualidad/seguridad/muertes-violentas-ecuador-aumento-2020.html.
[2]Juliana Manjarrés, Christopher Newton y Marina Cavalari, “Balance de InSight Crime de los homicidios en 2024,” InSight Crime, 26 de febrero de 2025, https://insightcrime.org/es/noticias/balance-insight-crime-homicidios-2024/.
[3] Primicias, “El primer trimestre de 2025, el más violento de la historia reciente de Ecuador,” 21 de abril de 2025, https://www.primicias.ec/seguridad/primer-trimestre-muertes-violentas-homicidios-records-historia-ecuador-94451/.
[4]Primicias, “Extorsión, el drama oculto de las cárceles ecuatorianas,” 17 de agosto de 2021, https://www.primicias.ec/noticias/en-exclusiva/vacunas-drama-oculto-carceles-ecuatorianas/.
[5]James Bargent, El sistema penitenciario en Ecuador: historia y retos de un epicentro del crimen, InSight Crime, diciembre de 2024, https://insightcrime.org/wp-content/uploads/2024/12/El-sistema-penitenciario-en-Ecuador-historia-y-retos-de-un-epicentro-del-crimennSight-Crime-Dec-2024VersionEspanol.pdf.
[6]Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Situación de las personas privadas de libertad en Ecuador, Organización de los Estados Americanos, 17 de marzo de 2022, https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Informe-PPL-Ecuador_VF.pdf.
[7]Connectas, “Delitos policiales: la impunidad que tortura,” https://www.connectas.org/especiales/delitos-policiales/.
[8] Carla Álvarez Velasco, ¿El paraíso perdido? Tráfico de armas de fuego y violencia en Ecuador, Global Initiative Against Transnational Organized Crime, junio de 2024, https://globalinitiative.net/wp-content/uploads/2024/06/Carla-A%CC%81lvarez-%C2%BFEl-parai%CC%81so-perdido_-Tra%CC%81fico-de-armas-de-fuego-y-violencia-en-Ecuador-GI-TOC-junio-2024.pdf.
[9]Primicias, “La violencia en Ecuador escala a niveles históricos: homicidios en febrero de 2025 rozan los récords de 2023,” 21 de marzo de 2025, https://www.primicias.ec/seguridad/ecuador-muertes-violentas-niveles-historicos-homicidios-febrero-records-92277/.
[10] https://www.primicias.ec/seguridad/daniel-noboa-ecuador-millones-economia-ilegal-estimaciones-90056/?utm_source
[11]Observatorio Ecuatoriano de Crimen Organizado (OECO), Estudio de sentencias por lavado de activos en Ecuador 2020–2022, Fundación Panamericana para el Desarrollo (PADF), enero de 2024, https://oeco.padf.org/wp-content/uploads/2023/11/ESTUDIO-DE-SENTENCIAS-DE-LAVADO-DE-ACTIVOS-resumen.pdf.
[12]Connectas. “Plantas de beneficio: el eslabón ignorado de la minería ilegal de oro en Ecuador.” Connectas, 2023. https://www.connectas.org/especiales/plantas-beneficio-eslabon-ignorado-mineria-ilegal-oro-ecuador/.
[13]Plan V. “56 exportadores sin rastro vendieron oro por más de 1.300 millones desde Ecuador.” Plan V, 20 de enero de 2025. https://planv.com.ec/investigacion/oro-sin-rastro-x-mas-1300millones-ecuador/.
[14]Plan V. “56 exportadores sin rastro vendieron oro por más de 1.300 millones desde Ecuador.” Plan V, 20 de enero de 2025. https://planv.com.ec/investigacion/oro-sin-rastro-x-mas-1300millones-ecuador/.
[15]Gabriela Verdezoto. “Los desplazados por la minería ilegal en Ecuador.” GK, 11 de mayo de 2025. https://gk.city/2025/05/11/la-mineria-ilegal-ecuador-desplazados-amazonia-frentes-mineros/.
[16]Connectas. “Napo: donde la minería legal y la ilegal se funden como el oro.” Connectas, 2023. https://www.connectas.org/napo-donde-la-mineria-legal-y-la-ilegal-se-funden-como-el-oro/.
[17] Ver lanzamiento del Informe Amazon Underworld, https://www.youtube.com/watch?v=4379JZEiE2o
[18]https://www.dpe.gob.ec/esmeraldas-juez-otorgo-30-dias-para-cumplir-con-medidas-cautelares-y-suspendio-actividad-minera-en-san-lorenzo-y-eloy-alfaro/
[19]Corte Provincial de Justicia de Napo. Sentencia de segunda instancia en la causa N.º 15571-2021-00685. 13 de abril de 2022. https://www.recursosyenergia.gob.ec/wp-content/uploads/2022/10/sentencia-Napo.pdf.
[20]Sayavedra, Luis Hernán. “Radiografía de la lucha contra la minería en Napo: voces y reclamos de sus protagonistas.” Youtopía Ecuador, 12 de junio de 2023. https://youtopiaecuador.com/napo-mineria-reclamos-veces-lucha/.
[21]La mañana. “Éxodo en Alto Punino por violencia armada y minería ilegal.” Facebook, 11 de mayo de 2025. https://www.facebook.com/photo/?fbid=1112558987562779&set=a.457154526436565.
[22] Redacción Vistazo. “Así operaría la mafia albanesa para reclutar a niños en ‘escuela de sicarios’ en Guayaquil: menor da su testimonio.” Vistazo, 30 de septiembre de 2022. https://www.vistazo.com/actualidad/nacional/asi-operaria-la-mafia-albanesa-para-reclutar-a-ninos-en-escuela-de-sicarios-en-guayaquil-menor-da-su-testimonio-NX3264953.
Redacción El Universo. “‘El mecanismo de violencia se nutre de jóvenes y menores de edad’: así funciona el reclutamiento forzoso de niños en Guayaquil y Durán.” El Universo, 5 de septiembre de 2023. https://www.eluniverso.com/noticias/seguridad/el-mecanismo-de-violencia-se-nutre-de-jovenes-y-menores-de-edad-asi-funciona-el-reclutamiento-forzoso-de-ninos-en-guayaquil-y-duran-nota/.
[23] Al contrario de la persecución política contra el Movimiento Guevarista. https://www.fiscalia.gob.ec/transparencia/2023/rendicion-de-cuentas/Informe.pdf
[24]Rivera, Marco. “Niños en riesgo por crimen organizado en Ecuador ante débil respuesta del Estado.” Expreso, 18 de mayo de 2025. https://www.expreso.ec/actualidad/escolares-acecho-criminal-silencio-expone-miles-ninos-242822.html.
[25] En múltiples pronunciamientos —como los contenidos en los dictámenes 2-24-EE/24, 5-24-EE/24, 6-24-EE/24, 7-24-EE/24, 11-24-EE/24 y 1-25-EE/25— la Corte ha señalado que no existe justificación suficiente para considerar que el Ecuador atraviesa un conflicto armado no internacional (CANI), y ha precisado que su delimitación debe basarse en elementos fácticos, no en consideraciones políticas, legislativas o legales.
[26] Como lo denunciado el 17 de mayo de 2025: “ Un subteniente y un cabo primero de la Policía Nacional están inmersos en una investigación por extorsión en Guayaquil. Ellos fueron detenidos la madrugada del 14 de mayo de 2025. Los uniformados de 27 y 37 años pertenecen a la Dirección General de Inteligencia (DGI) y andaban en una camioneta de alta gama. Según consta en la denuncia, ingresaron a una vivienda ubicada en el sector de Portete, en el suroeste. Allí, con policías motorizados, fingieron un operativo y se llevaron retenido a un hombre. Según consta en la denuncia puesta en la Fiscalía del Guayas, lo acusaron de supuestamente ser miembro del grupo criminal Freddy Kruger y encabezar la venta de droga. Luego le pusieron un pasamontaña, lo esposaron y lo subieron en una camioneta. Los dos policías señalados lo tuvieron dando vueltas y supuestamente le exigieron USD 2 000 para dejarlo libre. El hombre se contactó con su hermano para poder conseguir el dinero. Acordaron la entrega de USD 1 000 y dos relojes valorados en más de USD 100 cada uno, en una gasolinera ubicada a pocos metros de la Policía Judicial.” Ver en: https://www.ecuavisa.com/la-noticia-a-fondo/policias-inteligencia-detenidos-extorsion-guayaquil-CC9343127
[27] Auto de seguimiento 1-25-EE