Por: Nelson Atupaña Ch. / 23-03-2018
Escuchar “trata de personas”, no le será ajena para usted. Es la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.
La “trata” fue definida en el derecho internacional, a través del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas especialmente de Mujeres y Niños que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra el Crimen Organizado Transnacional (2000). Es conocido como el “Protocolo de Palermo” o el “Protocolo de la Trata”, definición más ampliamente apoyada de la trata de personas.
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